
Áreas de práctica
Ley de Segunda Oportunidad.
Tus deudas pueden tener salida.
¿Tienes deudas que no puedes pagar? La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite a personas y autónomos cancelar parte de sus deudas (en algunos casos la mayor parte) y empezar de nuevo. Sabemos lo que pesa vivir con llamadas de cobro y la sensación de no salir nunca del agujero. No estás solo en esto. Somos abogados especializados en este procedimiento y lo primero que hacemos es estudiar tu caso con calma: cuánto debes, a quién y cuál es tu situación. La cancelación de las deudas depende de los requisitos legales y de cada caso. La ley lo llama «exoneración del pasivo insatisfecho», es decir, que el juez declare canceladas tus deudas. Tus deudas pueden tener salida; veámoslo juntos.
Áreas de práctica
Cómo trabajamos
Estudio de viabilidad
Antes de nada, analizamos tu situación completa: qué deudas tienes, con quién, qué bienes posees y cuáles son tus ingresos. Con eso te decimos con sinceridad si tu caso reúne los requisitos para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y qué resultado realista puedes esperar. Si no es el camino adecuado para ti, también te lo diremos. Este primer paso es clave para no generar falsas expectativas.
Preparación y presentación del concurso
Si tu caso es viable, reunimos la documentación y preparamos la solicitud del procedimiento (el concurso de acreedores de persona física). Según tu situación, puede ser útil intentar antes una negociación con tus acreedores; en otros casos se presenta directamente el concurso. Presentamos el expediente ante el juzgado y nos encargamos de los trámites, manteniéndote informado de cada paso.
Exoneración del pasivo (EPI)
El objetivo del proceso es la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI): que el juez declare canceladas las deudas que la ley permite exonerar. Cumplidos los requisitos, puedes quedar libre de buena parte de tus deudas y empezar de cero. La exoneración depende de cada caso y de las condiciones legales, y no todas las deudas se pueden cancelar. Te acompañamos hasta esta última fase y te explicamos el alcance real de la resolución.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Pueden acogerse las personas físicas (particulares y autónomos) que se encuentran en una situación de insolvencia, es decir, que no pueden hacer frente a sus deudas. Suele pedirse haber actuado de buena fe, no haber sido condenado por ciertos delitos económicos y colaborar durante el proceso. Cada caso tiene sus matices. Estudiamos tu situación y te decimos con sinceridad si cumples los requisitos.
¿Qué deudas se pueden cancelar y cuáles no?
Se pueden cancelar la mayoría de deudas privadas: préstamos, tarjetas, microcréditos o deudas con proveedores. Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social tienen un tratamiento especial: la ley fija límites y condiciones concretas sobre qué parte se puede exonerar, y varía según el caso. No se cancelan las pensiones de alimentos ni la responsabilidad civil derivada de un delito. Revisamos tus deudas una a una y te explicamos con precisión qué se puede exonerar en tu situación.
¿Perderé mi vivienda o mi coche?
No siempre. Depende de tu situación, del valor de los bienes y de las deudas que tengas. Existen supuestos en los que es posible conservar la vivienda habitual, por ejemplo si sigues pagando la hipoteca con normalidad. Con el coche pasa algo parecido según su valor y su uso. No te podemos dar una respuesta general porque cada caso se estudia por separado. Cuéntanos qué tienes y lo analizamos contigo.
¿Cuánto dura el proceso?
No hay una duración fija igual para todos. Depende de la complejidad de tu caso, del número de acreedores y de la carga de trabajo del juzgado que lo tramite. De forma orientativa suele tardar varios meses, y en los casos más complejos puede alargarse más. No te podemos prometer un plazo exacto, pero sí mantenerte informado de en qué fase está tu expediente en cada momento.
¿Cuánto cuesta?
Depende de la complejidad de tu caso, del número de acreedores y del trabajo que requiera. Por eso no damos un precio de catálogo. Lo que sí hacemos es darte un presupuesto cerrado y por escrito antes de empezar, para que sepas desde el principio qué incluye y cuánto cuesta, sin sorpresas. En el estudio de viabilidad inicial te explicamos todo con claridad.
¿Saldré de los ficheros de morosos (ASNEF)?
Cuando un juez declara exonerada una deuda, esa deuda deja de ser exigible. El acreedor tiene la obligación de comunicar ese cambio a los ficheros de morosos como ASNEF para que actualicen tus datos; si no lo hace, puedes exigírselo. No es siempre inmediato ni automático. Dentro del proceso te ayudamos a reclamar que tu información se actualice correctamente una vez canceladas las deudas.

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